miércoles, 22 de enero de 2014

Ventas minoristas: subieron 1,6% en diciembre



Ventas minoristas: subieron 1,6% en diciembre
Con una demanda inestable, en 2013 las ventas acumularon una caída anual de 1,7%
Las cantidades vendidas por los comercios minoristas crecieron 1,6% en diciembre frente a igual mes de 2013, impulsadas por un público que a pesar de tener que lidiar con una serie de conflictos graves, como fueron los saqueos y los cortes de luz, se mostró muy predispuesto a planificar y concretar sus consumos.
Pero si bien el resultado de diciembre fue mejor de lo esperado, no alcanzó para modificar el balance del año: en todo 2013 las ventas acumularon una baja de 1,7%.
En general, el año estuvo marcado por fuertes altibajos en la demanda, donde las familias tuvieron un comportamiento de gastos muy prudente en casi todos los meses, pero volcaron sus excedentes en cada una de las fechas especiales.
Por eso las ventas minoristas tuvieron bajas anuales en 8 de los 12 meses, pero subieron en cada uno de los días festivos del año (Navidad, día del niño, de la madre, del padre, del amigo y Reyes, entre otros). A su vez, a pesar de la baja anual promedio, casi todos los rubros más demandados para regalos finalizaron 2013 con leves aumentos.
En diciembre especialmente, las ventas alcanzaron un buen nivel, sobre todo en Indumentaria, Electrodomésticos y Jugueterías. Si bien el consumo fuerte arrancó algo tardío, en la segunda quincena del mes se observó un muy buen movimiento, que continuó incluso entre Navidad y Año Nuevo, con mucho público concretando las últimas compras del año.
Las siguientes fueron las principales variaciones en los volúmenes físicos vendidos en diciembre de 2013 frente a igual fecha de 2012 relevadas en 801 comercios del país:
Consideraciones Generales
• Las cantidades vendidas por los comercios minoristas subieron 1,6% en diciembre 2013 frente a igual fecha de 2012. Fue el cuarto mes del año que finalizó en alza, y sin dudas el mejor en materia de consumo. 

 Pero la suba mensual no alcanzó para compensar el comportamiento inestable que tuvo la demanda en 2013 y el año finalizó con una baja anual de 1,7%. 

• De los 22 rubros que componen la canasta minorista relevados, 14 finalizaron diciembre en alza y 8 en baja. Las subas fueron impulsadas en parte por las ventas navideñas, donde hubo una suba de 4,6% frente a la misma fecha del año pasado, pero además por un público bastante predispuesto a comprar más allá de la ocasión festiva.
 

 En el resultado anual en cambio, prevalecieron las bajas: 15 de los 22 rubros cayeron y solo 7 subieron.

• Las subas de diciembre fueron lideradas por ‘Electrodomésticos y Artículos electrónicos’ donde las ventas interanuales crecieron 6,7% (medidas en cantidades), con buena parte del consumo concentrado en aires acondicionados para hacer frente a la sofocante y prolongada ola de calor que se extendió por casi todo el país. También en la canasta de venta navideña prevalecieron estos productos, principalmente artículos electrónicos, como Smartphones, consolas de juego, Televisores 3D/Smart, Ipad.
 En el balance del año, este rubro fue de los pocos que escapó a la tendencia general y finalizó con un alza anual significativa, de 1,8%. 


• Otro rubro de muy buena venta en diciembre fue ‘Indumentaria’ donde las cantidades subieron 4,8% frente a diciembre del año pasado. Los comercios de estos productos ofrecieron grandes ofertas y descuentos, lo que fue un imán para los compradores. La venta más fuerte se concentró en los diez días de ventas navideñas, pero continuó firme hasta fin de año.
 Para todo 2013, los comercios de este rubros informaron una suba promedio de 0,6%, que podría haber sido muy superior sino fuera por la competencia desleal constante que ofreció la venta ilegal en la vía pública en casi todas las ciudades comerciales del país. 

• En ‘Calzados’, se vendió 4,2% más que en diciembre 2012 (en cantidades) convirtiéndose en uno de los rubros de mejor dinamismo del último mes del año. En buena medida eso se debió a compras que venían postergadas y al calor, que terminó de despertar a la venta de calzado de verano.
 Para todo el año, los comercios de este rubro tuvieron una baja anual de 1%.

• En ‘Jugueterías’ y ‘Librerías’, las ventas crecieron 5,9% interanual en diciembre (medidas en cantidades) con el consumo muy concentrado en Navidad, donde la suba anual fue de 6,9%. La gente caminó bastante buscando precios en estos productos, y en esa búsqueda los comercios de barrio terminaron siendo una buena opción para combinar costo y calidad.
 Para todo 2013, este rubros finalizó con una alza acumulada de 0,6%.
Fuente: http://redcame.org.ar/

lunes, 18 de noviembre de 2013

Analisis Laboral-trabajo con tu pareja-



Para muchos, la clave está en que cada uno mantenga cierta independencia y una vida social aparte.

Nota del Editor:En mi experiencia fue muy fructifera todos tiramos para el mismo lado, con un objetivo claro. Juntos con mi esposa dimos a luz a dos hermanitos:


  1. https://www.facebook.com/pages/L%C3%A9ternit%C3%A9/528439173888606?ref=hl
  2.  http://estbarragan-vazquez.blogspot.com.ar

 Analisis:
Ahora, ¿qué sucede cuando los cónyuges comparten profesión y espacio de trabajo? ¿Hay posibilidad de ser socios y esposos sin perder el espacio personal? Después de consultar a varias parejas en esta situación, te contamos cuáles son los tips para sobrevivir yendo con tu media naranja de casa al trabajo y del trabajo a casa.
Luciana Lovatto y Fernando Walker son traductores, salen desde hace 7 años y conviven hace 5. Desde entonces, trabajan juntos desde su casa. "La ventaja es que podemos compartir más tiempo", reconoce Luciana. "Pero lo malo es que a veces no tenemos muchos temas nuevos de conversación y, como nuestro trabajo es bastante solitario, uno se vuelve más ermitaño".
Andrés Enjunto también es traductor y vive una situación similar con su esposa: "Se hace difícil extrañarse y desconectarse del trajín diario", comenta. El caso de Marisol Díaz no varía demasiado. Es arquitecta y trabaja en el mismo estudio que su marido: "Nos conocimos en la facultad hace seis años. La gente pensaba que nos íbamos a aburrir pero no fue así".
Para Marisol, lo bueno de trabajar con tu pareja, además de tener más cosas para compartir, es "entender al otro con su humor o su cansancio al saber realmente el día que tuvo".
Las desventajas surgen del desgaste. Por eso, Marisol recomienda innovar y hacer cosas distintas, además tener un espacio individual e intercalar hobbies en donde cada uno se sienta bien. "Hubo momento de crisis en los cuales nos preguntamos si esto era amor o sólo una pareja de socios con un gran afecto por el otro pero al final nos dimos cuenta de que seguíamos enamorados".
La psiconalista Graciela Faiman, especialista en terapia de pareja, advierte sobre otro peligro de compartir ocupación: "Puede pasar que empiecen a rivalizar y uno quiera quedar en un lugar superior al otro. A mí me ha tocado ver una pareja en el consultorio en la cual la mujer era mucho más exitosa a nivel profesional. Y eso a él, por machismo, le provocaba un gran dolor. Esa situación llegó a un nivel tal que devino en un divorcio. Y luego él se casó con una mujer que en lo económico y lo profesional estaba en un lugar de menos poder que la otra".
Ahora bien, para evitar el divorcio, hay un secreto: mantener los asuntos laborales dentro del horario de trabajo y las cuestiones hogareñas para la intimidad. "Lo importante es no dejar que el espacio de trabajo lo abarque todo y romper con la rutina haciendo planes diferentes", dice Faiman. Sólo así se puede disfrutar plenamente de tener a tu media naranja al lado las veinticuatro horas del día.

Tips para sobrellevar el trabajo en pareja:
-Encontrar un espacio y tiempo para compartir con amigos en donde puedas abstraerte de tu socio y pareja.
-Buscar un hobbie personal y hacerse el tiempo para realizarlo.
-Trabajar sólo la cantidad de horas necesarias y respetar los tiempos de ocio.
-Organizar planes originales en pareja y "escapadas románticas" los fines de semana.
-Salir con otras parejas y con amigos para no encerrarse en sí mismos.
-No hablar del trabajo durante las salidas en pareja ni de la casa en el trabajo.
-Si trabajan juntos en una empresa, asegurarse de que cada uno tenga sus roles bien definidos.
-No pelearse delante de otros empleados, mantener la profesionalidad y el respeto.
Fuente:perfil

jueves, 14 de noviembre de 2013

Sueldos: "a cuenta de futuros aumentos"


Marco legal del rubro "a cuenta de futuros aumentos"




En la actualidad, uno de los temas que más reclamos judiciales dispara es el de la composición de la remuneración de un dependiente y su incidencia en la base de cálculo de indemnizaciones.

En este sentido, vale tener presente que en los tribunales se ha ido afianzando la tendencia a considerar cada vez más rubros -abonados por el empleador a los dependientes- como salariales tales como los gastos de cochera, prepaga y celular, entre otros.

De esta forma, las empresas venincrementados sus costos laborales aun más allá de sus previsiones. Y también les sucede cuando, en el marco de las paritarias o por decisión del Gobierno, deben otorgaraumentos de sueldos.

Es por ello que no pocas compañías prefierenanticiparse y darlos de forma voluntaria consignándolos en los respectivos recibos como "a cuenta de futuros aumentos".

Esta leyenda anuncia la intención del empleador de compensar el importe del rubro con alguna suba salarial posterior que sea dispuesta por una norma estatal o por un convenio o acuerdo colectivo.

Ahora bien, cuando a un empleado le colocan en su recibo de haberes dicho rubro y luego, al otorgarse incrementos a través de convenios colectivos no se deduce el importe correspondiente, entonces la realidad indica que aquello era un aumento de sueldo real y no uno que se descontaría a futuro, por lo que se transforma en un derecho adquirido.

Vale remarcar que, en los recibos también pueden figurar las horas extras laboradas u otros adicionales como el presentismo, pero, usualmente, van desglosados y separados de "a cuenta de futuros aumentos".

En esta oportunidad, iProfesional accedió a un fallo que da cuenta de lo habitual de este tipo de situaciones y de las previsibles consecuencias de esta práctica.

Mala utilización
Tanto en primera como en segunda instancia, la Justicia correntina rechazó el reclamo de un empleado para que los rubros "premio por presentismo" y "pago a cuenta de futuros aumentos" fueran incluidos en el cálculo de su indemnización por despido injustificado.

Por ese motivo, apeló ante el máximo tribunal provincial.

El dependiente consideró que para la liquidación de la indemnización por antigüedad se deben computar las remuneraciones que se devengan y liquidan mensualmente, de manera normal y habitual.

Y señaló que tal era la normalidad y habitualidad de los rubros presentismo y "a cuenta de futuros aumentos" que, inclusive, eran tenidos en cuenta por la empresa al momento de abonarse el aguinaldo de modo que sobre ellos le practicaban los descuentos legales.

En este contexto, los integrantes del Superior Tribunal de Justicia correntino sostuvieron: "Habiendo percibido el trabajador de modo regular, habitual y permanente el rubro "presentismo", como el "pago a cuenta de futuros aumentos" en cada una de las remuneraciones mensuales, tales ítems debieron incluirse en el salario a los fines de calcular los rubros derivados del despido injustificado" .

"El presentismo supone una especial contracción al trabajo y depende de un hecho eventual al estar condicionado a la asistencia y puntualidad perfecta en el período de que se trate. Pero en el concreto, se demostró que ese suplemento lo percibió de modo normal mes a mes, estando vigente ese rubro a lo largo del desempeño laboral y a la fecha del cese", agregaron.

En ese aspecto, señalaron que el pago "a cuenta de futuros aumentos", integró también "de modo habitual y permanente la remuneración mensual, lo cual constituye un derecho subjetivo" y remarcaron que sobre ambos rubros se practicaron las deducciones pertinentes para la seguridad social.

"La habitualidad y permanencia en el cobro de ambos rubros y su consideración a los fines de los aportes, hacen que integren la remuneración y deben tenerse presente a los fines del cálculo indemnizatorio derivado del despido injustificado como pretende el dependiente", especificaron los magistrados.

"Si el artículo 245 de la L.C.T. dispone tomar la mejor remuneración mensual normal y habitual, debe entenderse que esos últimos adjetivos se refieren a los rubros que componen el salario, prestaciones que por su naturaleza sean susceptibles de ser ganadas todos los meses. Esta característica se aplica a los discutidos en ese caso, no existiendo motivo para excluirlos del cálculo sin prueba concreta de su anormalidad y no habitualidad", concluyeron los jueces.

Opiniones
Juan Carlos Cerutti, socio del estudio Cerutti - Darago & Asociados, explicó que pagar bajo la denominación a cuenta de futuros aumentos "no es ilegal, en la medida que, cuando haya algún aumento convencional, ese rubro lo absorba".

"El rubro "a cuenta de futuros aumentos" sólo debería tener validez como tal por un corto lapso, si el mismo responde efectivamente a la intención de otorgar al trabajador una suma de dinero anticipándole el incremento salarial que se pactará en las paritarias o con su empleador. Por ejemplo, si la negociación colectiva se llevará a cabo en mayo y se decide otorgar el rubro en enero", explicó el consultor Alejandro Chamatrópulos.

"Ahora bien, el uso de este rubro por un tiempo prolongado y de una manera sistemática y habitual -en la realidad, muchas empresas lo usan durante varios años- no responde a esa lógica y, por lo tanto, al transformarse en un rubro más del recibo no podría ser tomado en cuenta como un artilugio para compensar con lo que resulte del próximo aumento", destacó.

En otras palabras, en esas situaciones irregulares, debería ser considerado como un complemento del salario básico o como un adicional remunerativo independiente, pero de ninguna maneracomo un modo de retacear una futura suba de sueldos.

Si ocurre esto último, Chamatrópulos remarcó que existiría un uso fraudulento de la denominación de un rubro salarial, por lo que debe prevalecer el principio de primacía de la realidad.

Por otro lado, Cerutti señaló que es común encontrar malas prácticas empresariales, cuando se otorgan incrementos y luego se los quieren descontar bajo la figura de:
a.- Horas extras: En estos casos, se paga horas extras -cantidades enormes durante años- pero, en realidad, el empleado no hace ninguna y luego se las quieren reducir o eliminar. Es un derecho adquirido, es un aumento de sueldo.
b.- Viáticos. En estas situaciones no son rendidos, ni tampoco son existentes, por lo que tampoco se los pueden sacar.
c.- Plus por un X motivo. El hecho nunca existe y, por ende, es un derecho adquirido.
d.- Bonus extraordinario por "aniversario de la empresa" y cada año cambia el motivo, pero nunca está atado a la productividad, por lo que pasa a ser un derecho adquirido.

Maria Paula Nuñez, abogada del estudio Grispo, remarcó que el artículo 1 del convenio 95 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), recepcionado en los nuevos precedentes judiciales, establece que "el término salario significa la remuneración o ganancia, sea cual fuere su denominación o método de cálculo, siempre que pueda evaluarse en efectivo, fijada por acuerdo o por la legislación nacional, y debida por un empleador a un trabajador en virtud de un contrato de trabajo, escrito o verbal, por el trabajo que este último haya efectuado o deba efectuar o por servicios que haya prestado o deba prestar".

"Muchas veces, el error de las empresas radica en omitir que los recibos de haberes son el fiel reflejo de la relación laboral, y sirven de instrumento probatorio del pago", destacó.

"La omisión de una correcta liquidación mensual, como es no reflejar la absorción de los aumentos salariales de un valor monetario a tal fin, o hacerlo en años posteriores implica una violación al artículo 12 LCT, y merece que se consideren esos montos como parte integrante del salario real, sin reducción posible, pues modificó el carácter", concluyó la abogada del estudio Grispo.

Por último, Enrique Caviglia, integrante del Departament Técnico Legal Laboral de Arizmendi, explicó que "este aumento es siempre remunerativo, forma parte del salario del trabajador y por ende está sujeto a aportes y contribuciones e integra la base de cálculo de las eventuales indemnizaciones por despido y de los rubros que toman al salario como base de la determinación de su importe".

Por ese motivo, si la empresa quisiera evitar la posibilidad de esta consecuencia, debería absorber el incremento eventual de la remuneración dispuesto por un acuerdo colectivo que lo permitiera, sin perjuicio de otorgar después un nuevo aumento bajo la referida denominación de "a cuenta de futuros aumentos" para mantener la función acordada bajo este nombre.


fuente: www.iprofesional.com


Datos personales